Por Leonardo Filippini y Juan González Bertomeu
La pena de muerte está doblemente prohibida por la Constitución y por varios tratados internacionales ratificados por la Argentina. Si existieran argumentos convincentes para su utilización, deberíamos repudiar esos compromisos. Pero tales argumentos no existen.
La tendencia global es clara y el único país occidental que la aplica regularmente es Estados Unidos que recibe fuertes críticas por ello. La eficiencia de la pena de muerte para prevenir delitos no está probada y hay demasiadas variables en juego que impiden confiar en semejante correlación.
En este marco de incertidumbre, reclamar la vida de algunos es temerario. Nuestros actos son complejos y no están determinados por la probabilidad de recibir un castigo. El grueso de la ilegalidad penal consiste en ataques a la propiedad y exige una reflexión profunda sobre los niveles de inequidad de nuestra sociedad antes que sobre la pena capital. La pena de muerte tampoco puede emplearse para disuadir a otros. El castigo se justifica porque se dirige al ofensor en tanto agente moral y no debe relacionarse con la conducta de otras personas.
Quitar la vida como instrumento de política criminal es inaceptable e implica tratar a alguien como portador de un mensaje estatal, antes que como un individuo responsable de un crimen. Alguien dirá que el castigo evita que un delincuente feroz cometa más delitos. Sin embargo, aun considerando los casos que levanta la prensa, la cuestión de la reincidencia es engañosa, ya que ella está afectada por la mayor vulnerabilidad de algunos sectores frente a las agencias de persecución penal.
Incluso si pensáramos en la pena de muerte como un merecido castigo por un hecho atroz, sería irracional y semejante a la venganza. A diferencia de un delito individual, cuando el Estado actúa lo hace en nombre de todos. Es paradójico que el Estado deba matar a alguien para reafirmar que el respeto a la vida es un valor central.
La discusión sobre la pena de muerte no nos ayuda a honrar nuestros compromisos más profundos, ni a enfrentar el delito.
Publicado el 11 de Abril de 2009 en el diario Clarín.
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