Entrevista realizada al profesor Marcelo Alegre, publicada en el suplemento Las 12 del diario Página/12, el 1 de enero de 2010.
“La objeción de conciencia no se está usando en Bélgica o en Suiza. Se está practicando en la Argentina, donde no se cumplen con los derechos básicos y con el plan –fomentado desde la Iglesia– de desbaratar las políticas sexuales y reproductivas”, enfatizó el abogado Marcelo Alegre en la Jornada “Objeción de conciencia en anticoncepción”, realizado en la Casa de la Provincia de Buenos Aires, por el Sub Programa de Salud Reproductiva y Procreación Responsable del Ministerio de Salud bonaerense.
Alegre fue contundente con los límites que, según su mirada, tiene que tener este derecho a no realizar determinadas prácticas, como los abortos no punibles o la ligadura de trompas o las vasectomías e, incluso, la venta de anticoncepción de emergencia por parte de los farmacéuticos. “Nadie los obligó a ser profesionales, pueden trabajar de otra cosa, pero no obstruir un derecho. Tiene que haber igualdad de derechos. Una cosa es si en una farmacia no venden la píldora del día después y sí la venden en la farmacia de la esquina y otra, muy distinta, si en una zona rural mandan a una clienta a buscar la pastilla a otra farmacia a 35 kilómetros, porque eso implica la obstrucción de un derecho”.
¿Cuándo sí puede ser utilizada? “La objeción empieza a ser una medida posible cuando no hay barreras para los accesos a los derechos, pero no es lo que sucede ahora en la Argentina”. ¿Y qué se puede hacer?
“Debería haber una lista de objetores para que el sistema de salud pueda organizarse y garantizar los derechos que la Constitución y los tratados internacionales les dan a mujeres y varones”, apunta Alegre.
En la jornada existió un duro debate. El abogado opinó: “El Estado puede negarse a contratar a un objetor de conciencia”, e incluso, ante el relato de un caso concreto de una ligadura de trompa que no se pudo realizar porque el anestesista opuso su ética ante esa práctica, consideró que se lo podía echar por faltar a sus deberes, ya que no había otro anestesista que le realizara la práctica a la paciente. Sin embargo, la médica tocoginecóloga Estela Acosta disintió en la posibilidad de despedir y obligar a un objetor de conciencia. “No es lícito, el Estado no puede discriminar”, le refutó ella. Y Alegre le rebatió: “Hay que ver si los objetores realmente tienen otra ética o no quieren trabajar más o realizar tareas de mayor esfuerzo. Y cuando hay dos conciencias en juego no se pueden atropellar los derechos de las mujeres”
En la jornada existió un duro debate. El abogado opinó: “El Estado puede negarse a contratar a un objetor de conciencia”, e incluso, ante el relato de un caso concreto de una ligadura de trompa que no se pudo realizar porque el anestesista opuso su ética ante esa práctica, consideró que se lo podía echar por faltar a sus deberes, ya que no había otro anestesista que le realizara la práctica a la paciente. Sin embargo, la médica tocoginecóloga Estela Acosta disintió en la posibilidad de despedir y obligar a un objetor de conciencia. “No es lícito, el Estado no puede discriminar”, le refutó ella. Y Alegre le rebatió: “Hay que ver si los objetores realmente tienen otra ética o no quieren trabajar más o realizar tareas de mayor esfuerzo. Y cuando hay dos conciencias en juego no se pueden atropellar los derechos de las mujeres”
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