El artículo 16 de la Constitución
Nacional establece que todos los habitantes pueden acceder a la función pública
sin otro requisito que la idoneidad. Este principio representa una de las
grandes líneas constitucionales construidas en 1853 que, de haberse respetado,
hubiera generado beneficios muy evidentes para nuestro país.
El proceso participativo que culminó en
el rechazo del pliego de Daniel Reposo para ser procurador general de la Nación
es un excelente ejemplo de las virtudes de la meritocracia para fortalecer el
funcionamiento del Estado.
Un país cuyos gobiernos (en cada uno de
los niveles -federal, provincial y municipal- y en cada una de las ramas que
los constituyen -ejecutivo, legislativo y judicial-) prevén mecanismos de
selección de sus miembros a través de instancias en las que debe demostrarse la
idoneidad de los candidatos se transforma en un Estado respetuoso de sus
instituciones, de su educación, y cuidadoso de sus burocracias.
Cualquiera de nuestros estudiantes
universitarios sabe que la manera más eficiente de acceder a puestos públicos
(y muchas veces privados) es a través de las relaciones personales. Hace muchos
años que están suspendidos los concursos en la gran mayoría de las
administraciones públicas, por eso los ingresantes guardan un mayor compromiso
con las personas que decidieron su incorporación que con la propia estructura
estatal. Lo mismo ocurre para acceder a ascensos. Como no hay formas institucionales
de decidirlos, éstos dependen de los funcionarios con mayor jerarquía, quienes
-a su vez- suelen ser designados políticamente y priorizan a quienes demuestran
mayor afinidad con el espacio al que representan.
En consecuencia, las administraciones
están atiborradas de empleados y funcionarios que deben demostrar lealtades
partidarias para realizar una exitosa carrera profesional. Esto también ocurre
en los poderes jurisdiccionales (Poder Judicial y Ministerio Público) donde se
escoge discrecionalmente a los empleados ingresantes. Los jueces suelen
designar a los familiares de otros jueces, con lo que se organiza un mecanismo
de designaciones cruzado (de ahí viene el concepto de "la familia
judicial") que repercute tiempo después, ya que los concursos para elegir
jueces suelen ser ganados por las personas que ya pertenecen al sistema porque
la antigüedad es un elemento muy relevante de los procesos competitivos.
Ahora bien, imaginemos un contexto
respetuoso del artículo 16 de la Constitución, es decir, un escenario
meritocrático. ¿Cuáles serían las consecuencias de un sistema que funcione de
esa manera?
En primer lugar, mejoraría
inevitablemente la calidad de la enseñanza, pues muchos estudiantes tendrían
mayores incentivos para obtener buenos resultados en las evaluaciones. También
se incrementaría la cantidad de profesionales que realizan cursos de maestría y
doctorado. A su vez, aumentarían la motivación y la competencia para ocupar
puestos académicos docentes porque eso también sumaría antecedentes para los
concursos públicos.
Mejoraría además la calidad del personal
de las administraciones públicas, pues sus posiciones estarían ocupadas por
personas con mayor vocación, mejor preparación y carreras planificadas a mayor
largo plazo. A los cargos burocráticos altos accederían quienes han demostrado
compromiso público y han continuado perfeccionando sus capacidades y
habilidades.
Incluso disminuiría la discrecionalidad
en el uso de los recursos públicos porque habría un control más eficiente: se
reduciría el nivel de vinculación entre los funcionarios políticos y el
personal de carrera y se acrecentaría, por parte de estos últimos, el cuidado
de no sumar un antecedente negativo que pudiera disminuir las posibilidades de
obtener ascensos en escenarios futuros (una de las recomendaciones más
trascendentes en materia de control de corrupción es la profesionalización de
las estructuras burocráticas y la generación de incentivos positivos para los
empleados públicos).
Hay algunos escasos antecedentes de las
virtudes de mecanismos meritocráticos en distintos ámbitos. Durante los años
ochenta se creó la carrera de administradores gubernamentales (AG) dentro del
Poder Ejecutivo Nacional. Por concurso, ingresaron distintos funcionarios que
se entrenaron en distintas disciplinas estatales para luego ocupar posiciones
de relevancia en oficinas que requirieran el apoyo de personas de altas
capacidades técnicas. A los pocos años se canceló esa experiencia, pero los AG
que egresaron siguen demostrando mucha utilidad en cada una de las agencias
donde deben ir a cumplir funciones. Por otro lado, en el fuero laboral de la
justicia nacional existen exámenes de ingreso y ascenso para los empleados.
Ello permite no sólo una mayor jerarquización de esa actividad sino también que
se democratice el ámbito de la justicia. La ciudad de Córdoba decidió llamar a
concurso de oposición y antecedentes a cada nuevo
empleado que ingresa, lo que
representa un fuerte incentivo para los estudiantes universitarios que desean
tener acceso a una salida laboral estable. Para el municipio es un salto de
calidad en su planta de empleados.
Otro beneficio de la meritocracia:
crecería la confianza de los ciudadanos en las instituciones públicas. Si en
lugar de asociar a quienes integran esas estructuras con personas designadas
"a dedo" por los políticos se las asocia con personas que han
realizado esfuerzos para ocupar esos lugares (por haberse capacitado y haber
atravesado instancias de examinación) y, a su vez, se reciben mejores tratos y
resultados cada vez que interactúan con esas estructuras, se produciría un
círculo virtuoso con beneficios concretos para el sistema democrático. Las
administraciones están atiborradas de empleados y funcionarios que deben
demostrar lealtades partidarias para realizar una exitosa carrera profesional.
Publicado en el diario La Nacion
Prof. Ezequiel Nino. Codirector de la Asociación
Civil por la Igualdad y la Justicia (ACUIJ) y profesor de la Facultad de Derecho de la UP.
bastante interesante el post expuesto.
ResponderEliminarsaludos cordiales.
margarita