lunes, 7 de junio de 2010

Honor y libertad de expresión de los funcionarios públicos

Eduardo Bertoni

En un reciente intercambio epistolar entre César Ricaurte, director ejecutivo de Fundamedios, y Galo Mora Witt, secretario particular del presidente de la Repú·blica, se enfrentaron en dos cuestiones: la protección del honor de los funcionarios p·úblicos, por un lado, y su libertad de expresión, por el otro. Lamentablemente, el funcionario del poder ejecutivo demostró un desconocimiento preocupante sobre cómo ambas cuestiones han sido resueltas, desde hace mucho tiempo, por tribunales internacionales y locales pero también por legislaturas de distintos países de América Latina.

Mora Witt entiende que las palabras de Ricaurte llevarían a sostener que "los ciudadanos ya no son iguales ante la ley, sino que, por una especie de concesión a la prensa, los funcionarios pú·blicos deben dejar a un lado su orgullo, su condición humana y filial de padres, hijos, hermanos, y deben arrodillarse ante quienes, seguramente protegidos por la providencia, se encargan de ser acusadores, fiscales y jueces de su vida y de su obra."

En relación a la protección del honor de los funcionarios pú·blicos, solo bastaría recordar que al enviar al Congreso argentino la reforma despenalizando delitos de calumnias e injurias, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner explicó que "aún a costa muchas veces de soportar cuestiones que tienen que ver con mentiras o que no son ciertas, yo prefiero mil millones de mentiras antes que cerrar la boca o ser la responsable de haber cerrado la boca de alguien. Esta es la verdadera forma en que entiendo la libertad, los derechos humanos y la participación democrática".

El proceso penal, la verdad y la autonomía

Leonardo Filippini

El secuestro de las prendas íntimas de los jóvenes Noble Herrera es parte de un largo proceso donde el derecho a la verdad se enfrenta con la decisión de dos adultos que deciden preservar su autonomía y no cooperar con el avance de un proceso por crímenes contra la humanidad. Se trata de un dilema trágico, que padecen quienes ya han sufrido mucho por un pasado doloroso cuyas consecuencias todavía persisten.

La recolección y utilización de muestras de ADN para la averiguación de la verdad está autorizada por nuestra ley por la jurisprudencia de la Corte. El artículo 218 bis del Código Procesal Penal de la Nación, sancionado en noviembre de 2009, y los fallos Prieto de la Corte, de agosto de ese año, avalan la recolección del material, incluso ejerciendo cierto grado de coerción. Ni la ley ni la Corte autorizan, obviamente, una “enfermería judicial”, como bien dijo el juez Zaffaroni, pero aceptan la recolección respetuosa del material. No todos los jueces, con todo, dan la misma extensión al permiso. Zaffaroni y Lorenzetti, por ejemplo, creen que el ADN sólo debería ser utilizado para establecer la identidad con la familia biológica.

lunes, 24 de mayo de 2010

Vértigo

Gustavo Caramelo

En la mañana del 20 de mayo de 2010, los diarios titulaban: “Científicos de EE.UU. crearon la primera célula artificial”. La noticia era anunciada como una más, entre tantas otras, sin advertir que se daba cuenta del inicio de una Revolución. En efecto, hasta ahora, la actividad científica se limitaba a producir mutaciones y aún a clonar células, pero sobre la base de material biológico preexistente, cuya creación estaba en manos de Dios o de la Naturaleza, según las creencias de cada uno; pero la posibilidad de crear células sintéticas estaba reservada al campo de la ciencia ficción.

La profundidad del cambio de paradigmas que este desarrollo entraña, determina que estemos ante una Revolución que no va a ser sólo científica, sino que proyectará sus afectos sobre los más diversos aspectos de la vida humana, incluyendo la Filosofía, la Bioética y el Derecho.

No sólo se pondrán en crisis nuestras ideas sobre lo que es vida y sobre su creación, sino que los avances científicos y tecnológicos que seguirán variarán profundamente las terapias con las que se enfrentarán las más diversas enfermedades y lesiones, conducirán al desarrollo exponencial de las bioindustrias y, con ello, a la conformación de nuevos poderes económicos ¿Hasta dónde avanzarán esos desarrollos?, ¿cuáles serán sus límites éticos y jurídicos?, ¿cuáles los mecanismos de protección de los usuarios y consumidores?, ¿cuáles las grandes políticas de Estado?