martes, 27 de diciembre de 2011

El público de medios audiovisuales sin defensor

Prof. Leonardo Filippini

La Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual estableció, entre otras instituciones,  una Defensoría del Público con funciones tales como recibir y canalizar las consultas, reclamos y denuncias del público de la radio y la televisión, incluso ante la justicia; convocar a los sectores interesados para crear un ámbito participativo de debate permanente sobre el desarrollo y funcionamiento de los medios de comunicación; llamar a audiencias públicas y evaluar el adecuado funcionamiento de los medios de radiodifusión; proponer modificaciones de normas reglamentarias; formular recomendaciones públicas a las autoridades y, en general, representar los intereses del público.

jueves, 22 de diciembre de 2011

Experimentar el Derecho

Prof. Celeste Braga Beatove

Suele asociarse el derecho a un conjunto de normas escritas. Sin embargo, si se observa con detenimiento, es fácil advertir que se trata de un fenómeno algo más complejo. Involucra, además de normas, una infinidad de prácticas que se despliegan en el marco de un entramado institucional en el que se les da sentido a esos textos, a través del lenguaje y de acciones que se llevan a cabo a partir de la forma en que entendemos dichas prácticas a lo largo del tiempo.

En ese marco de complejidad, el abanico de posibilidades de un egresado en Derecho puede ser muy amplio. Así, un abogado puede ser juez, legislador, asesor, trabajar en el brazo ejecutivo del Estado, ejercer la profesión de forma liberal en sus diversas ramas, pertenecer al departamento de legales de una empresa, dedicarse al litigio de interés público, abocarse a la investigación, a enseñar, etc. Cada uno de esos roles suponen diferentes formas de acercarse, pensar, analizar, decidir y actuar en torno al derecho. Un egresado debe tener conocimientos y habilidades suficientes para desempeñarse en cualquiera de estas, sea el rol que elija.

lunes, 19 de diciembre de 2011

Hacia una ley antiterrorista poco promisoria

Prof. Leonardo Filippini

El proyecto sobre terrorismo sancionado en extraordinarias por la Cámara de Diputados duplica las penas de cualquier delito cometido con la finalidad de aterrorizar a la población, o de torcer la voluntad de una autoridad, incluso extranjera o de un organismo internacional. También pena el financiamiento de la comisión de cualquier delito que tenga tales finalidades, tanto fuera como dentro del país, e incluso si a la postre éste no es llevado a cabo. Finalmente, faculta a la Unidad de Información Financiera a intervenir preventivamente.  Así presentado, puede parecer una iniciativa, en general, plausible. Sin embargo, sus problemas son demasiado visibles, a poco que se repasa la discusión y se analiza el texto final.
Por empezar, no es difícil anticipar las dificultades interpretativas para definir cuándo, en efecto, un delito tiene la finalidad de aterrorizar a la población. La fórmula es laxa y podría incluir, por ello, tanto casos claros, como el provocar una serie de explosiones importantes en estaciones y terminales, hasta supuestos muy dudosos, como el exhibir un arma de modo amenazante en el ánimo de intimidar a un grupo racial o religioso. Una interpretación judicial razonable podría calibrar estos casos, es cierto, pero el proyecto sancionado es lacónico y muy poco orientativo.

viernes, 16 de diciembre de 2011

Pedido de amicus curiae a otras organizaciones.

Hace poco tiempo llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación el segundo caso de la Clínica Jurídica en alcanzar esa instancia. Esta vez se trata del caso por la desigual prestación del servicio ferroviario entre las líneas Sarmiento y Mitre de la empresa TBA. De acuerdo a la demanda presentada por la Clínica, mientras que en la línea Sarmiento (Once-Moreno) los vagones están sobrecargados de personas, mal iluminados y sucios, se viaja con las puertas abiertas y las frecuencias son más escasas, en la línea Mitre (Retiro-Tigre) los coches tienen aire acondicionado, televisores, están más limpios y las frecuencias son más altas. Los habitantes de la zona de la línea Sarmiento cuentan con menores recursos que los de la zona de la línea Mitre.

El caso tiene una gran trascendencia. Se trata de la primera vez que la Corte intervendría en un conflicto en el que se examina el criterio de condición económica como categoría sospechosa (recordemos que la Constitución Nacional la incorporó a través de la jerarquización de los pactos internacionales). Sin embargo, en muy pocas causas se invocó este nuevo principio constitucional (que supone que el Estado debe justificar muy especialmente las decisiones que impliquen un trato de peores condiciones para personas de bajos recursos que aquellas de mejor situación patrimonial).

lunes, 12 de diciembre de 2011

La libertad de expresión en Internet

Por Eduardo Bertoni
La polémica sobre el riesgo de demandas que podrían enfrentar los administradores del sitio Cuevana avivó el debate sobre las problemáticas consecuencias de recientes fallos judiciales vinculados con la libertad de expresión y el acceso a la información en Internet.

Varias decisiones dictadas por tribunales penales podrían estar operando como un disparador para que distintos intermediarios de Internet (proveedores de servicio como Telecentro, que recientemente también estuvo en el ojo de la polémica, o buscadores o administradores de sitios que brindan información) decidan dar de baja contenidos, incluso aquellos sobre los que podría haber un legítimo interés en conocerlos. Tal censura sería una suerte de autoprevención ante el riesgo de quedar sometidos a un proceso penal como partícipes de la comisión de delitos que, como veremos, difícilmente puedan conocer de antemano.

lunes, 5 de diciembre de 2011

El estado frente a la libertad de expresión, nueva publicación de la Colección de Ciencias Jurídicas con Yale Law School.



 Robert Post ha acostumbrado a los lectores de su prolífica obra en el ámbito del derecho constitucional a cuestionarse ciertas doctrinas que ya podían considerarse correctas y de difícil posibilidad de controversia. Los artículos que compilamos en este libro continúan con esa tendencia. Quien muchas veces ha coincidido o se ha sentido atraído con la argumentación de la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos al interpretar la primera enmienda de la Constitución estadounidense, se enfrentará a lo largo del estudio de los artículos aquí publicados con críticas a esas argumentaciones, que, sin duda, abren la puerta para renovar la lectura de las decisiones más conocidas del más alto tribunal estadounidense.