jueves, 30 de mayo de 2013

Una solución tecnológica para el problema de la responsabilidad de intermediarios

Por Eduardo Bertoni

Cuando las personas se sienten insultadas o humilladas en Internet y deciden iniciar acciones legales, sus casos generalmente siguen un patrón similar. Consideremos el siguiente escenario:

Una figura pública, llamémosla Senadora X, introduce su nombre en un motor de búsqueda en Internet. Los resultados la sorprenden, son muchos, y algunos la enojan porque encuentra sitios en Internet que ella encuentra ofensivos. Piensa que su reputación se encuentra dañada por ciertos contenidos que encuentra en el buscador y que alguien debe pagar por ello.

Su abogada le recomienda reclamar al motor de búsqueda, afirmando que él es el responsable de la lesión que sufre por el contenido ofensivo a pesar que no fue creado por el buscador. La Senadora X duda, porque en realidad el motor ayuda a darla a conocer, y no todos los sitios a los que dirige su nombre le molestan. Su abogada le explica que también es responsable el autor del contenido, pero que será difícil encontrarlo. Llegado a este punto de la conversación, surge una opción: se le puede pedir al buscador que bloquee ese sitio, pero la abogada sabe que eso no se logra con una simple petición y es necesario que intervenga un juez.